sábado, 14 de abril de 2018

DURACION DE LOS PERMISOS DE EDIFICACION

Recientemente se ha conocido que la Contraloría habría decidido caducar el Permiso de Edificación de un desarrollo habitacional en Valparaíso por haberse cumplido el plazo que fija la Ordenanza sin que la constructora hubiera ejecutado las obras indicadas en la Ordenanza.

Al respecto el artículo 1.4.17 de la Ordenanza dice textualmente: El Permiso caducará automáticamente a los tres años de concedido si no se hubieren iniciado las obras correspondientes o si éstas hubieren permanecido paralizadas durante el mismo lapso.
Una obra se entenderá iniciada una vez realizados los trazados y comenzadas las excavaciones contempladas en los planos del proyecto.

El proyecto al que nos hemos referido contemplaba 22 edificios a realizarse por etapas. Según lo que se ha informado la constructora habría ejecutado las obras indicadas: trazado y excavaciones de la primera etapa. Esto fue objetado por la Contraloría, y su parecer es que debieron ejecutarse dichas obras para la totalidad del proyecto, lo cual parece ilógico y significaría la imposibilidad de desarrollar grandes proyectos en etapas.

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