miércoles, 21 de septiembre de 2016

NUEVA LEY DE APORTES AL ESPACIO PUBLICO

La ley vigente establece que solo aquellos proyectos residenciales con más de 250 estacionamientos y los comerciales con más de 150 realicen un Estudio de Impacto al Sistema de Transporte Urbano (Eistu), y efectuar las obras de mitigación correspondientes. Para evitar esto los desarrolladores inmobiliarios ajustaban los proyectos  por etapas, de tal forma que el número de estacionamientos resultara menor a los indicados. De esta forma no se obligaban a efectuar las señaladas mitigaciones.

La nueva Ley establece dos instrumentos: las mitigaciones, que son obras concretas y medidas de gestión de tránsito en el entorno próximo al proyecto. Las que deberán ejecutar los proyectos “de impacto relevante” (se definirá ese concepto en el reglamento), como ampliaciones de calles semáforos, ingresos, y peatonalizaciones, entre otros, que serán definidas en informes de mitigación vial (IMIV).

El otro instrumento son los aportes al espacio público, que cumplirán los proyectos por densificación; es decir, los que se construyan en un terreno urbanizado (no en nuevos loteos). En este caso, los desarrolladores deberan entregar recursos hasta por el 44% del avalúo fiscal del terreno. Estos fondos pasan a financiar un plan comunal o intercomunal (en caso de ciudades metropolitanas) de obras, y se invierten en un 70% en proyectos de movilidad.

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